¿Qué pasa si el Comprador o el Vendedor mueren antes del cierre? Puedes forzar la venta de la casa?¿Aún tienes un contrato valido?

 


¿Qué pasa si el Comprador o el Vendedor mueren antes del cierre? ¿Aún tienes un contrato valido?

Estas feliz con la compra o venta de tu casa, todo camina bien hasta que recibes una llamada que no estabas esperando donde te informan que una de las partes del contrato, comprador o vendedor murió y no podrás completar la transición.

Aunque poco común, este tipo de situaciones deja a los compradores y vendedores preguntándose que va a pasar con la compra/venta de la propiedad. ¿Puedes forzar la venta de la casa? ¿Tienes un contrato valido? ¿Cuáles son tus opciones si una de las partes muere antes de completar la venta?  ¿el contrato de compra contempla este tipo de escenarios?

La buena noticia es que si, la mayoría de los contratos de compra de casas tienen cláusulas que describen este tipo de situaciones. Por ejemplo, el contrato residencial “As-Is FAR BAR” dice lo siguiente:

“Este Contrato será vinculante y redundará en beneficio de las partes y de sus respectivos herederos o sucesores en interés. Siempre que el contexto lo permita, el singular incluirá el plural y un género incluirá todos. Los avisos y entregas a, o por parte de, el abogado o agentes que representan a cualquiera de las partes, serán considerados tan efectivos como si fueran entregados a, o por parte de, los principales del contrato. Todos los avisos deben hacerse por escrito…”

En otras palabras, si una de las partes del contrato muere, el contrato sigue siendo válido.

Si el Vendedor muere, el representante personal del patrimonio del vendedor debe ocuparse de las responsabilidades contractuales creadas en virtud del acuerdo de venta; el contrato se considerará una obligación del patrimonio del difunto. El comprador debe comprender que habrá demoras asociadas con el patrimonio, por lo que debe decidir si quiere esperar hasta que se lleve a cabo el cierre, o cancelar el contrato y buscar otra propiedad.

Si es el comprador el que fallece después de firmar el contrato de venta, pero antes de que se transfiriera el título, entonces las cosas son diferentes. El interés del comprador en ese inmueble es un "patrimonio de herencia". Los derechos del contrato pasan a los herederos o beneficiarios del comprador y no al patrimonio del comprador.

Aquí, los herederos o beneficiarios del Comprador deben decidir cómo proceder. Pueden recolectar el efectivo y completar la transacción. Si deciden no hacerlo, entonces el depósito en garantía entregado por el comprador fallecido podría estar en peligro.

No te arriesgues a comprar o vender una propiedad por tu cuenta. Contrata los servicios de un profesional que protegerá tus derechos bajo el contrato.

Llamame para conversar sobre tus necesidades y expectativas. 

Maria T. Villalobos
Capital Int'l Realty
Asesor Inmobiliario
USA. +1 786-285-5855
mariat@inmosolutionsmiami.com
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