Que significa la clausula de asignacion de contrato?


Una de las clausulas normalmente incluidas en el contrato de compra/venta de inmuebles es la transferibilidad del mismo, el cual le da la opción de indicar si el Comprador puede o no asignar el contrato, y de ser así, si el Comprador seguirá siendo responsable bajo los términos del contrato después de la transferencia.
Cuando se hace la asignación del contrato, esto significa que una de las partes del contrato existente (el “cedente”) le ha traspasado las obligaciones y beneficios del contrato a otra parte (el “cesionario”). El Cedente en este caso siendo el Comprador actual en el contrato, y el Cesionario un extraño, es decir, otro Comprador que no es actualmente parte del contrato.
El siguiente paso es abordar la liberación de la responsabilidad. El Cedente puede desear que el Cesionario tome su lugar y asuma todas sus obligaciones y derechos contractuales, liberando al Comprador original de toda responsabilidad futura en el contrato. Esto significa que, si un Comprador asigna el contrato, este básicamente queda fuera de la transacción, y el Cesionario adquiere todas las obligaciones pactadas en el contrato. Esto también significa que, si el Cesionario incumple cualquiera de los términos del contrato, el Vendedor no tiene ningún recurso contra el Comprador inicial, solo el Cesionario, lo cual podría ser riesgoso para el Vendedor.
Los Compradores deben dejarle saber a su Agente si planean asignar sus intereses en el contrato a otra persona, y si desean permanecer siendo responsables del contrato o no, en caso que el Cesionario incumpla los términos del mismo.
Cuando los Vendedores reciben una oferta, deben revisar esta cláusula del contrato, y decidir si están dispuestos a aceptar que el Comprador asigne el contrato a un tercero, y si permitirán que el Comprador inicial quede fuera del contrato, o si prefieren mantener al Comprador inicial atado a los términos del contrato en lo que se refiere a la responsabilidad.
Muchos Compradores, especialmente inversionistas y extranjeros deciden comprar bajo el nombre de una Corporación, como una Compañía de Responsabilidad Limitada, o Fideicomiso de su propiedad, para protección de bienes y reducción de impuestos. Si usted es un Comprador y desea formar una Corporación o Fideicomiso para la compra, usted debe marcar la opción de transferibilidad en el contrato, y así dejar la puerta abierta para asignar el contrato a su corporación en cualquier momento durante la transacción.
Llámeme si desea Comprar o Vender una propiedad. Como su Agente, yo me encargare de revisar el contrato con usted para que este represente sus mejores intereses o lo referiré a un abogado competente en el caso.

Maria T. Villalobos 786-285-5855 or info@bestmiamihomes.net

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